COMUNICACIÓN N° 786-CM-14

 

 

DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: COMUNICAR EJECUTIVO MUNICIPAL ABSTENERSE DE DISPONER VEDA CLIMÁTICA.

 

 

ANTECEDENTES

 

 

Resolución 100-I-89.

 

Disposición 18-SOYSP-14.

 

 

FUNDAMENTOS

 

 

Cada año la Secretaría de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad de San Carlos de Bariloche establece por medio de una disposición la veda climática, la cual comprende una serie de restricciones a las obras públicas y ello se fija generalmente desde el mes de mayo a fines de agosto. Este año la Disposición 18-SOYSP-14 estableció condiciones especiales de trabajos en la vía pública en todo el ejido urbano durante el período invernal desde 5 de mayo y hasta el 29 de agosto de 2014.

 

Creemos necesario en esta oportunidad solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal que no dicte para el año venidero una nueva veda climática. De esta forma, se evita limitar la continuidad de obras de infraestructura que generan empleo en la ciudad.

 

Se tiene conocimiento que las obras constructivas privadas no se detienen durante el invierno en San Carlos de Bariloche, lo que por analogia permite pensar que la obra pública, frente a los mismos condicionantes ambientales debería poder realizarse de igual manera.

 

Existen modernos y muy certeros mecanismos de pronósticos climáticos para organizar todo tipo de obras de construcción o civiles durante los inviernos en esta zona Andino Patagónica. Las condicionantes ambientales son rigurosas, pero no sólo tienen que ver con las bajas temperaturas, muchas veces los vientos y los rayos ultravioletas son muy dañinos para los materiales constructivos y se deben tomar precauciones.

 

Existen medidas de prevención y buenas prácticas para evitar los daños por congelamiento en la realización de hormigones, revoques, contrapisos, carpetas y capas aisladoras, donde se pueden usar aditivos tales como anticongelantes, aceleradores de frague y un estricto control en el diseño de las mezclas, en la relación agua/cemento y en su protección posterior o curado, para impedir la evaporación y alteración del proceso de fraguado.

 

Es muy importante contemplar todo tipo de medidas de seguridad y cuidado de los operarios y personas que circulen por la vía pública, en obras de excavación, referente a vallados, protección de taludes, contención de sectores con suelo expuesto, esto debe realizarse en todas las estaciones del año, ya que no sólo son riesgosas en época invernal.

 

Por lo expuesto, creemos esencial resaltar la necesidad de levantar medidas que impiden emplear mano de obra en materia de construcción en los meses invernales. Sin duda, esta acción que se lleva adelante hace años tal vez era útil en momentos donde no existían pronósticos meteorológicos tan precisos ni materiales de construcción que se adecuan a la variabilidad climática de nuestra región. Además no debemos olvidar que en nuestra ciudad las estaciones no son marcadas y por ende en meses que no son los de invierno igualmente se producen bajas temperaturas y precipitaciones.

 

Por lo tanto, solicitamos a la Secretaría de Obras y Servicios Públicos no dicte la Disposición de restricción y condiciones especiales de trabajos en la vía pública para el año próximo.

 

 

AUTORES: Concejales Leandro Lescano (AFSP) y Alejandro Ramos Mejía (PJ).

 

 

Colaboradora: Nora Falcone.

 

El proyecto original Nº 662/14, con las modificaciones introducidas, fue aprobado en la sesión del día 2 de octubre de 2014, según consta en el Acta Nº 1025/14. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,

 

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

SANCIONA CON CARÁCTER DE

 

COMUNICACIÓN

 

 

Art. 1°)

Se comunica al Departamento Ejecutivo, Secretaría de Obras y Servicios Públicos que analice la posibilidad de abstenerse de dictar en el futuro la disposición que establece la veda climática, las restricciones y condiciones especiales de trabajos en la vía pública.

 

Art. 2°)

Comuníquese. Dése a publicidad. Tómese razón. Cumplido, archívese.