DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: SE EXPRESA EL RECHAZO AL CIERRE DEL PROGRAMA VOLVER AL TRABAJO Y SE SOLICITA SU INMEDIATA RESTITUCIÓN

ANTECEDENTES

Constitución Nacional.

Constitución de la Provincia de Río Negro.

Carta Orgánica Municipal.

FUNDAMENTOS

La decisión del Ministerio de Capital Humano de dar de baja más de 900.000 programas Volver al Trabajo no es una simple reestructuración administrativa, constituye un nuevo eslabón en una cadena de desmantelamiento de políticas públicas esenciales para la subsistencia de los sectores más postergados. Se trata de un golpe directo contra trabajadores y trabajadoras que encuentran en este programa una herramienta mínima pero indispensable para sostener la vida.

Es imprescindible señalar que esta medida impacta de manera desproporcionada sobre las mujeres, quienes son mayoritariamente titulares del programa y quienes, producto de desigualdades estructurales históricas —como la feminización de la pobreza, la sobrecarga de tareas de cuidado no remuneradas y las brechas de acceso al empleo formal—, dependen en mayor medida de este tipo de ingresos para sostener la vida propia y comunitaria. Son esas mismas mujeres las que, con enorme esfuerzo y compromiso, sostienen comedores y espacios comunitarios a los que el propio Ministerio les negó durante meses la entrega de alimentos en tiempo y forma, afectando directamente a niñas, niños, personas mayores y familias enteras excluidas cotidianamente.

En ese marco, resulta aún más grave que se elimine un ingreso ya de por sí insuficiente, $78.000 congelados desde diciembre de 2023, que no constituye un salario digno, pero sí una herramienta mínima de subsistencia, y que se lo pretenda reemplazar por vouchers de capacitación que no resuelven la urgencia material de quienes necesitan ingresos para vivir, o al menos sobrevivir.

Esta medida se inscribe en un contexto crítico que profundiza las desigualdades que recaen especialmente sobre las mujeres: una desocupación en aumento del 7,5% (según datos del INDEC), más de 22.000 empresas cerradas, 300.000 personas que perdieron su empleo, y un 48% de los hogares que no llega a fin de mes con niveles de endeudamiento récord. En este escenario, la quita de este programa no solo incrementa la exclusión social, sino que la feminiza aún más.

Asimismo, denunciamos que esta política forma parte de un modelo que vulnera derechos de manera sistemática: reprime a jubilados y jubiladas que reclaman por sus ingresos, desoye a personas con discapacidad que exigen atención, y ataca a estudiantes, a la salud pública, a la ciencia y a la soberanía. No es un hecho aislado, sino una decisión coherente con un proyecto de ajuste que recae siempre sobre los mismos sectores.

Desde este Concejo Municipal debemos expresar nuestro más enérgico rechazo a esta medida que castiga a quienes menos tienen y profundiza la vulnerabilidad de miles de familias. La defensa de los programas de empleo y protección social es la defensa de la dignidad, la justicia y la igualdad.
 

AUTOR: Concejal Leandro Costa Brutten (Incluyendo Bariloche).
 

El proyecto original N.º 567/26 fue aprobado el 27 de marzo de 2026, según consta en el Acta N.º 1217/26, correspondiente a la sesión convocada el 26 de marzo de 2026. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

SANCIONA CON CARÁCTER DE

COMUNICACIÓN

Art. 1°)

Se expresa el más enérgico rechazo a la decisión del Ministerio de Capital Humano de dar de baja el programa Volver al Trabajo, que alcanzaba a más de 900.000 titulares, por constituir una medida que profundiza la exclusión social, afecta de manera desproporcionada a las mujeres y vulnera derechos fundamentales de los sectores más postergados.

Art. 2°)

Se solicita al Poder Ejecutivo Nacional la inmediata restitución del programa Volver al Trabajo en todas sus prestaciones, garantizando su continuidad y el pago actualizado de los beneficios, así como el fortalecimiento de políticas activas de empleo que aseguren la inclusión laboral con perspectiva de género y derechos humanos.

Art. 3°)

Comuníquese. Dése a publicidad. Cumplido, archívese.