DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: SE COMUNICA A LA PRESIDENCIA DEL CONCEJO DELIBERANTE DEL MUNICIPIO DE VILLA GESELL, EL MÁS ENÉRGICO REPUDIO A LOS HECHOS DE VIOLENCIA OCURRIDOS EN LA SESIÓN
ANTECEDENTES
Constitución Nacional.
Constitución de la Provincia de Río Negro.
Carta Orgánica Municipal.
Honorable Cámara de Diputados, declaración EXPTE D- 1639/26-27.
FUNDAMENTOS
Los hechos ocurridos el 4 de mayo de 2026 en el Honorable Concejo Deliberante del Municipio de Villa Gesell, Provincia de Buenos Aires, durante la sesión se produjeron hechos de violencia física contra concejales de la oposición, entre ellos la concejal Clarisa Armando.
Dichas agresiones se dieron en el marco del tratamiento del presupuesto municipal, generando un clima de violencia dentro del recinto, ámbito que debe ser garantía de debate democrático, respeto institucional y convivencia política. Las agresiones ocurrieron dentro del propio recinto legislativo, lo que reviste una gravedad institucional aún mayor, donde una concejal resultó descompensada como consecuencia de los hechos y que incluso se registraron agresiones contra la ambulancia que acudió a asistirla.
Resulta inadmisible que el disenso político derive en hechos de violencia, intimidación o presión, más aún cuando involucran a representantes electos en ejercicio de sus funciones.
El Honorable Concejo Deliberante es un ámbito de representación democrática que debe garantizar la libertad de expresión, la integridad física de sus miembros y el respeto entre las distintas fuerzas políticas. La seguridad y libertad de acción de los concejales constituyen pilares esenciales de la institucionalidad democrática que deben ser resguardados sin distinción partidaria; en tal sentido la Presidencia del cuerpo es quien debe velar por el llamado al orden, tal como rige en todo parlamento, asegurando el normal desarrollo de las instituciones.
La violencia no es una forma legítima de hacer política y su utilización implica un grave retroceso institucional.
Corresponde a este Concejo Municipal pronunciarse en defensa de la democracia, el respeto institucional y el libre ejercicio de la representación política.
AUTORA: Concejal Samanta Echenique (JxC).
INICIATIVA: Red de Concejales Nacionales del PRO.
El proyecto original N° 626/26, con las modificaciones introducidas, fue aprobado en la sesión del día 14 de mayo de 2026, según consta en el Acta N.º 1220/26. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,
EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE
SANCIONA CON CARÁCTER DE
COMUNICACIÓN
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Art. 1°) |
Se comunica al Presidente del Honorable Concejo Deliberante Villa Gesell, Marilina Córdoba, el más enérgico repudio a los hechos de violencia ocurridos el 4 de mayo de 2026, en los que fueron agredidos concejales mientras desempeñaban su labor legislativa. |
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Art. 2°) |
Se reafirma que el Honorable Concejo Deliberante es un ámbito de representación democrática que debe garantizar la libertad de expresión, la integridad física de sus miembros y el respeto entre las distintas fuerzas políticas. |
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Art. 3°) |
Se ratifica que la violencia no es una forma legítima de hacer política y que cualquier intento de intimidación contra representantes electos constituye un grave atentado contra la democracia. |
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Art. 4°) |
Comuníquese. Dése a publicidad. Cumplido, archívese. |
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