DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: SE MODIFICA RESOLUCIÓN 757-CM-26 ARTÍCULO 5° MONTO ASESORES TÉCNICOS UNIDAD COORDINADORA
ANTECEDENTES
Ordenanza 418-CM-94: Consejo de Planificación.
Ordenanza 419-CM-94: Régimen reordenamiento administrativo y desarrollo territorial y social para San Carlos de Bariloche.
Ordenanza 551-CM-96: Modificación ordenanza 418-CM-94 en su artículo 2°.
Resolución 757-CM-26: Se contratan asesores técnicos de la Unidad Coordinadora para integral el Consejo de Planificación Gestión 2023-2027.
Nota del 2 de marzo de 2026 de la Secretaria Legislativa.
Resolución 141-PCM-26 del 3 de marzo de 2026, firmada por el Presidente del Concejo Municipal Gerardo Del Río.
FUNDAMENTOS
Por resolución 757-CM-26 se contrató a los asesores técnicos de la Unidad Coordinadora que integran el Consejo de Planificación por los Bloques Nos Une, Incluyendo Bariloche, Juntos por el Cambio, Primero Río Negro y Juntos Somos Río Negro.
Por nota del 2 de marzo de 2026, la Secretaria Legislativa del Concejo Municipal informa que los presidentes de todos los bloques acordaron el incremento de honorarios de los asesores técnicos de la Unidad Coordinadora que integran el Consejo de Planificación, autorizando un monto mensual total a abonar de pesos un millón doscientos mil ($1.200.000,00) a partir del 01/02/2026 y hasta el 31/12/2026.
AUTOR: Presidente del Concejo Municipal, Gerardo Del Río.
La resolución 141-PCM-26, con las modificaciones introducidas, fue aprobada en la sesión del día 26 de marzo de 2026, según consta en el Acta N.º 1217/26 correspondiente a la sesión convocada el 26 de marzo de 2026. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,
EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE
SANCIONA CON CARÁCTER DE
RESOLUCIÓN
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Art. 1°) |
Se modifica el artículo 5° de la resolución 757-CM-26 el que queda redactado de la siguiente manera:
“Art. 5.°) Se establece que desde el 01/01/2026 al 31/01/2026 el monto mensual a abonar se fija en pesos ochocientos mil ($800.000,00); y desde el 01/02/2026 al 31/12/2026 el monto mensual a abonar se fija en pesos un millón doscientos ($1.200.000,00)”. |
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Art. 2°) |
Se ratifica la adenda al convenio suscripto entre el Concejo Municipal y los profesionales de la Unidad Coordinadora que integran el Consejo de Planificación, anexos I, II, II, IV y V. |
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Art. 3°) |
Se comunica al Departamento de Contaduría a efectos de proceder a la liquidación de honorarios correspondientes. |
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Art. 4°) |
Se afecta la partida presupuestaria 2.13.00.1.1.0001.001.03.34 (Servicio administrativo central. Servicios no personales. Servicios técnicos y profesionales). |
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Art. 5°) |
Comuníquese. Dése a publicidad. Cumplido, archívese. |
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Libertad de información